Colegio de Madrid: Conferencia sobre la Prevención del Blanqueo de Capitales
7, 21 de 2006-01-21 de 2006
Conferencia-coloquio sobre la Prevención del Blanqueo de Capitales
Día 25 de enero de 2006, de 17 a 19 horas en la Sala de Conferencias del Colegio de Madrid (Zurbano, 76)
La Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, en su Disposición adicional primera, dos.2, incluye entre los sujetos a las obligaciones de la presente Ley, con las especialidades que puedan establecerse reglamentariamente, a las personas físicas o jurídicas que ejerzan aquellas otras actividades profesionales o empresariales particularmente susceptibles de ser utilizadas para el blanqueo de capitales. Se considerarán tales, entre otras:
c) Las personas físicas o jurídicas que actúen en el ejercicio de su profesión como auditores, contables externos o asesores fiscales.
Es, pues, una necesidad deontológica conocer en detalle las obligaciones que nos incumben en un campo tan delicado y problemático y conocer también el duro régimen sancionador previsto para las infracciones cometidas.
La Escuela de Empresa quiere agradecer la valiosa colaboración del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias del Banco de España para esta Conferencia-coloquio.
Programa
I Funciones y estructura organizativa del Servicio Ejecutivo. Obligaciones de auditores, contables externos y asesores fiscales.
II Novedades de la III Directiva Comunitaria.
Ponentes:
Dña. Margarita Rufas y D. Juan Ramírez
Expertos en blanqueo de capitales. Pertenecen al Servicio Ejecutivo de la mencionada Comisión del Banco de España
Día: 25 de enero de 2006
Horario: 17 a 19 horas
Lugar: Sala de Conferencias del Colegio (Zurbano, 76)
Inscripciones: Secretaría del Colegio
Matrícula: 60 euros (colegiados)
Día 25 de enero de 2006, de 17 a 19 horas en la Sala de Conferencias del Colegio de Madrid (Zurbano, 76)
La Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, en su Disposición adicional primera, dos.2, incluye entre los sujetos a las obligaciones de la presente Ley, con las especialidades que puedan establecerse reglamentariamente, a las personas físicas o jurídicas que ejerzan aquellas otras actividades profesionales o empresariales particularmente susceptibles de ser utilizadas para el blanqueo de capitales. Se considerarán tales, entre otras:c) Las personas físicas o jurídicas que actúen en el ejercicio de su profesión como auditores, contables externos o asesores fiscales.
Es, pues, una necesidad deontológica conocer en detalle las obligaciones que nos incumben en un campo tan delicado y problemático y conocer también el duro régimen sancionador previsto para las infracciones cometidas.
La Escuela de Empresa quiere agradecer la valiosa colaboración del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias del Banco de España para esta Conferencia-coloquio.
Programa
I Funciones y estructura organizativa del Servicio Ejecutivo. Obligaciones de auditores, contables externos y asesores fiscales.
II Novedades de la III Directiva Comunitaria.
Ponentes:
Dña. Margarita Rufas y D. Juan Ramírez
Expertos en blanqueo de capitales. Pertenecen al Servicio Ejecutivo de la mencionada Comisión del Banco de España
Día: 25 de enero de 2006
Horario: 17 a 19 horas
Lugar: Sala de Conferencias del Colegio (Zurbano, 76)
Inscripciones: Secretaría del Colegio
Matrícula: 60 euros (colegiados)
Por Francisco Jesús Sierra Capel |
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En: Asesoría Fiscal