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LaVanguardia.es: Es hora de ir pensando en la declaración

8, 06 de 2006-03-06 de 2006
Es hora de ir pensando en la declaración
Ya se puede pedir a Hacienda el borrador del IRPF o la devolución de retenciones de quienes no tienen obligación de declarar

Puede que le parezca prematuro, pero ya es hora de ir pensando en la declaración de renta del 2005, la que toca presentar en mayo o junio próximo. Sobre todo si quiere que los números se los haga Hacienda. El pasado miércoles, día 1, se abrió el plazo para solicitar el borrador del IRPF y también se inició el periodo para que los contribuyentes que no están obligados a declarar reclamen la "devolución rápida" del exceso de retenciones que les practicaron el año pasado
La Vanguardia.es (05.03.2006)

Quienes por su nivel de ingresos no lleguen al mínimo fijado para estar obligados a hacer la declaración de la renta tienen de plazo hasta el próximo día 31 para reclamar la devolución de las retenciones que les hicieron en 2005 por un procedimiento abreviado, sin necesidad de cumplimentar los impresos de declaración. En concreto, pueden pedir la denominada devolución rápida los contribuyentes que el año pasado obtuvieron rentas del trabajo (salarios o pensiones) inferiores a 22.000 euros procedentes de un único pagador o, en el caso de tener varios pagadores, cuando lo abonado por el segundo y sucesivos no pasó de mil euros. Si se supera esta cantidad, el límite general de ingresos baja a 8.000 euros, que es también el tope que se aplica si se reciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos en caso de separación, o si no se han tenido retenciones.
El procedimiento para la devolución rápida es el mismo de años anteriores y hay plazo hasta final de mes
Hay además algunos otros condicionantes, como no haber obtenido rentas del capital o ganancias patrimoniales sometidas a retención (por ejemplo de fondos de inversión) superiores a 1.600 euros, ni rentas inmobiliarias o de letras del Tesoro que sumen más de 1.000 euros.

El año pasado solicitaron la devolución rápida 777.627 contribuyentes y la obtuvieron 556.128, por un importe de 153 millones de euros. "Los que no la consiguieron fue porque no había retenciones que devolver o porque estaban obligados a declarar, en cuyo caso se les remitió el borrador o los datos fiscales para ayudarles a confeccionar su declaración", explican fuentes de la Agencia Tributaria.

En este sentido, hay que tener en cuenta que no estar obligado a declarar no quiere decir que no se paguen impuestos, de modo que la devolución rápida no permite recuperar la totalidad de las retenciones del año pasado, sino únicamente el exceso (si lo hay) sobre la cuantía que tendría que pagar esa persona si presentara declaración.

El procedimiento para recuperar ese exceso de retenciones es el mismo de años anteriores. Hay que rellenar un impreso, denominado modelo 104, con los datos personales y familiares, la referencia catastral de la vivienda habitual, la asignación tributaria a la Iglesia o fines sociales, y la cuenta corriente donde se quiere recibir la devolución. Si el contribuyente cobra pensiones por separación matrimonial o quiere aplicarse deducciones autonómicas tiene que presentar el modelo 105. Y aquellos contribuyentes que reciban una carta de la Agencia Tributaria con la solicitud de devolución rápida, bastará con que la firmen y envíen por correo o la confirmen por internet o por teléfono una vez verificados que los datos son correctos.

Los asesores fiscales advierten, no obstante, que la devolución rápida no permite disfrutar de la deducción por vivienda, las reducciones por planes de pensiones, la desgravación por cuentas ahorro empresa o por doble imposición internacional. Y aconsejan a las familias echar números y revisar la situación fiscal de todos sus miembros antes de que cualquiera de ellos solicite la devolución rápida, porque si un hijo o ascendiente la reclama luego el contribuyente con quien conviven no puede deducirse por ellos.
Por Francisco Jesús Sierra Capel | # enlace | Comentarios (0) | Referencias (0) | En: Asesoría Fiscal

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