Expansión.com: La nueva ley contable impondrá fuertes controles a las empresas no cotizadas
5, 12 de 2006-04-12 de 2006
La nueva ley contable impondrá fuertes controles a las empresas no cotizadasEl borrador de aplicación de las NIC a las empresas que no están en bolsa doblará las exigencias de información a los directivos, alterará las cuentas de resultados e impondrá nuevos cambios en el Impuesto de Sociedades
Expansión.com (12.04.2006)
La empresas no cotizadas deberán soportar un fuerte incremento de sus controles. El texto de la reforma contable que prepara el Gobierno (al que ha tenido acceso EXPANSIÓN) para estas compañías incluirá un profundo aumento de las obligaciones de información, no sólo de los consejeros, sino también del personal directivo, y un cambio drástico en el reflejo de los ingresos en la cuenta de resultados, lo que provocará la necesidad de readaptar, una vez más, el recién reformado, y aún no estrenado, Impuesto sobre Sociedades.
La reforma no se ha visto exenta de críticas. El Gobierno decidió contar con expertos ajenos a la administración en la elaboración de la nueva norma contable a la vista de la relevancia del objetivo planteado: adaptar el funcionamiento diario de las cerca de un millón de compañías españolas a las popularmente denominadas NIC, normas internacionales de contabilidad. Y la polémica no tardó en surgir, especialmente, a causa del deseo del Gobierno de introducir un apartado (recogido en el artículo 48.4 del borrador de la norma) que obliga a plasmar en las cuentas anuales el nombre y domicilio de todas las sociedades en las que las entidades que aparecen recogidas en las cuentas consolidadas del grupo "posean directamente o mediante una persona que actúe en su propio nombre, pero, por cuenta de aquéllas, un porcentaje no inferior al 5% de su capital". Y en ese caso, se tendrá que reflejar "la participación en el capital y porcentaje de derechos de voto, así como el importe del patrimonio neto y el del resultado del último ejercicio de la sociedad".
Una fuente conocedora del texto destaca que la norma supone "abrir la puerta a que se exijan los datos de infinidad de sociedades casi personales, donde los directivos mantienen negocios familiares o que destinan a organizar sus finanzas y que nada parecen tener que ver con la transparencia de una compañía que, además, ni siquiera cotiza en el mercado bursátil". El texto del borrador, sin embargo, da una explicación distinta, basada en la transparencia y en la necesidad de que "la información necesaria pueda estar disponible" para los distintos usuarios.
Cuentas consolidadas
La complicación, sin embargo, se hace aún mayor al observar otro de los preceptos de la norma (el artículo 42), donde se recoge la exigencia de que determinadas empresas tengan que presentar más de una cuenta consolidada. La razón estriba en que el borrador regula un concepto conocido como consolidación "horizontal", por el que las empresas deberán presentar sus tradicionales cuentas de grupo consolidado, pero además, complementarlas con un segundo bloque en el que se recojan todas las compañías en las que pudiesen mantener control a través "de personas que actúen en su propio nombre pero por cuenta de la entidad dominante o de otras dependientes o aquéllos [derechos de voto en otra empresa] de los que disponga concertadamente con cualquier otra persona". Una definición que algunos de los expertos consideran excesivamente rígida, especialmente porque el 95% de las compañías españolas son pymes o compañías familiares y porque el borrador ni siquiera explica cómo deben hacerse estas cuentas consolidadas del denominado grupo horizontal.
La lista de artículos que han suscitado debate interno no acaba ahí. Las normas internacionales de contabilidad (NIC) abandonan el criterio de prudencia como pauta predominante. La razón no radica en que no pretendan que las empresas actúen con prudencia, sino en que consideran que es prioritario dar una imagen exacta de la compañía, antes que ofrecer un foto excesivamente cauta e irreal por culpa de la prudencia. Sin embargo, y pese a que la reforma contable introduce la postura de las NIC, lo cierto es que no faltan preceptos en los que la norma seguirá exigiendo la prudencia. Es el caso, por ejemplo, del artículo 38, que pide "prudencia valorativa" al reflejar los beneficios.
Repercusión fiscal
Los cambios tendrán repercusión fiscal. La reforma desdobla la cuenta de pérdidas y ganancias, de manera que parte de los actuales ingresos o gastos (por ejemplo, por las diferencias de valoración a precio de mercado) deberán reflejarse en otro apartado, conocido como "patrimonio".
Así, el Impuesto sobre Sociedades, que grava el beneficio de la cuenta de resultados deberá volver a modificarse para adaptarlo a la reforma contable. Y ello, pese a que la última reforma aún esta en fase de borrador y no se ha llegado a estrenar.
La norma exigirá a los grupos detalles de las sociedades controladas por sus directivos
Las claves de un cambio profundo
La reforma exigirá el detalle del estado de los flujos de efectivo. Aunque el requisito no se establece para todas las compañías no cotizadas, su plasmación pretende dar una mayor transparencia a la situación real de la empresa.
Las exigencias de información a los directivos se incrementan.
Cuando empresa que posea directamente o "mediante una persona que actúe en su propio nombre, pero, por cuenta de aquéllas", un porcentaje no inferior al 5% del capital de otras sociedades, deberá añadir a las cuentas información necesaria relativa a esas segundas compañías. Los expertos afirman que la mención a esas personas que actúen "en su propio nombre pero por cuenta de sus empresas" podría abarcar a la práctica totalidad de la capa directiva.
La información que deberá ofrecer una compañía sobre todas estas sociedades y empresas de sus directivos incluirá "la participación en el capital y el porcentaje de derechos de voto, así como el importe del patrimonio neto y el del resultado del último ejercicio de la sociedad".
Se introduce el concepto de grupo horizontal, lo que exigirá que las empresas con filiales no sólo aporten detalles consolidados de su grupo empresarial tradicional, sino también del supuesto grupo horizontal formado junto a todas las empresas controladas por sus directivos, o por personas con las que puedan estar concertados.
La cuenta de resultados se desdobla. Si hasta ahora todos los ingresos se recogían en esta cuenta, ahora habrá que dividirlos dependiendo de su concepto, de forma que una parte se incluirá en un apartado conocido como Patrimonio. En este grupo se incluirán, por ejemplo las diferencias de valoración de los activos por su adaptación a los precios de mercado.
Los cambios introducidos en la reforma contable de las compañías no cotizadas implicarán un nuevo cambio del Impuesto sobre Sociedades para adaptarlo a las modificaciones de la cuenta de resultados.
Expansión.com (12.04.2006)