Expansión.com: "Nueva encrucijada de la información financiera"
9, 02 de 2006-10-02 de 2006
VISIÓN PERSONAL: "Nueva encrucijada de la información financiera"Por Frederic Borràs Pàmies, en FIRMAS en EXPANSION de 2006/10/02
Expansión.com (02.10.2006)
Cuando en los años setenta, en la Facultad de Económicas, se empeñaban en enseñarnos contabilidad, nos parecía una materia demasiado simple y práctica para el concepto científico que atribuíamos a los estudios universitarios, y casi como un mal necesario para aprender el funcionamiento del idioma empresarial a que se reduce al funcionamiento de las convenciones que hay detrás de la representación de las transacciones económicas, encasillándolas en un Debe o Haber. De hecho, y desde aquel entonces, se han producido importantes cambios, y ahora estamos de nuevo en una encrucijada en este proceso de avance y progreso.
La situación ha cambiado mucho por la proliferación de normativa contable, habiéndose convertido en un campo de especialización de cierta envergadura y constituyéndose en uno de los pilares en que se asienta el desarrollo de los mercados de valores, que son fundamentales en el modelo de desarrollo económico en el que se apoya nuestro mundo, de lo que resulta que el éxito en el suministro de una información financiera adecuada contribuye a mantener y aumentar el desarrollo económico.
Nos encontramos actualmente en un momento clave al estar en sede parlamentaria para su tramitación el proyecto de Ley de Reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, que se espera sea aprobado en los próximos meses, lo que abrirá las puertas a un nuevo Plan General de Contabilidad (PGC), en cuyo borrador se está avanzando y sobre el que nos están llegando noticias sobre las que a continuación indicaré unos breves comentarios.
El primer paso ha venido dado por la implantación, el año 2005, para las cuentas anuales consolidadas de los grupos cotizados de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), siguiendo la obligación establecida a este respecto por la Unión Europea a sus países miembros. El segundo paso pretende la aplicación de esta normativa al resto de las empresas, para lo que se está preparando este cambio normativo que persigue la adaptación de la normativa contable española a la internacional, para que de esta manera las empresas se adapten a las NIIF.
Así pues, en lugar de aplicar directamente las NIIF para todas las empresas, se va a proceder a una aplicación indirecta mediante la adaptación de la normativa española: esto, evidentemente, tiene la ventaja de que vamos a seguir disponiendo de un PGC, que es un modelo muy aceptado en nuestro país, pero, por el contrario, al entender que el nuevo PGC tendrá menos alternativas que las NIIF, perjudicará la pretendida comparación con la información financiera de otras empresas europeas. Esta adaptación requiere esfuerzos considerables por parte de los responsables de la preparación de la información financiera de las empresas y de sus auditores, ya que éstos tienen la responsabilidad de velar por una adecuada aplicación de esta normativa, obligación que se comparte con la voluntad de servicio para ayudar a las empresas a recorrer este camino.
A todo esto, un factor determinante será el tiempo, ya que la voluntad manifestada inicialmente era la promulgación del nuevo Plan General de Contabilidad en el año actual para su aplicación en 2007. Dadas las necesidades de formación y tecnológicas para las adaptaciones informáticas correspondientes, nos estamos acercando a límites temporales más allá de los cuales sería recomendable un retraso sobre el calendario inicial para que fuera factible dicha puesta en marcha en condiciones apropiadas.
Como comentario a alguna de las noticias que nos llegan sobre el borrador del nuevo Plan General de Contabilidad, y por hacer referencia al marco conceptual que contiene las definiciones teóricas base para desarrollar los contenidos de los estados financieros, señalar la desaparición del carácter preferencial del principio de prudencia, quedando a la misma altura que los otros principios, aunque, de hecho, es un cambio más nominativo que real, toda vez que del resto de criterios de valoración se desprende la necesidad de mantener un modelo contable prudente, en aras a preservar el patrimonio empresarial.
Coste histórico
Hay que señalar también que el intento de superar el principio contable del coste histórico, que ha prevalecido por siempre hasta nuestros días, por el de valor razonable, siendo ésta una de las aportaciones más significativas de las NIIF para conseguir que la información que proporcionan los estados financieros sea más relevante, para que no se escape el otro objetivo perseguido que es que dicha información sea a la vez fiable por lo contrastable, cuando tenemos como opción el valor razonable o el precio de adquisición en las NIIF, el proyecto se ha decantado por el precio de adquisición, por lo que se ha elegido la aplicación más restrictiva.
Otra de las novedades de las NIIF es la no necesaria amortización del fondo de comercio, sino que se realizará un test de deterioro que si no se supera conllevará las dotaciones necesarias. Por el contrario, lo que nos llega a través del presidente del ICAC es que en el actual proyecto de ley se pide, desde el punto de vista mercantil, la dotación de una reserva anual por veinteavas partes hasta alcanzar un valor equivalente al del fondo de comercio, que se dotará con cargo a beneficios del ejercicio o reserva de libre disposición, y que tendrá una naturaleza de indisponible.
Para terminar, expresar el deseo de que el PGC incorpore estos nuevos criterios, pero sin caer en complicaciones no justificadas y acrecentando su utilidad práctica. En este sentido, cabe citar un estudio que ha visto la luz en una revista especializada sobre la valoración de las empresas de las dificultades que ha conllevado la aplicación de las NIIF, que recordaremos se han aplicado a los grupos consolidados cotizados. Pues bien, responsables de éstos expresan que la aplicación de las NIIF les ha exigido un importante esfuerzo en profundizar en el conocimiento y análisis de esta normativa internacional, cosa que no resulta difícil imaginar si recordamos que dicha normativa abarca alrededor de dos mil páginas de denso texto técnico y que la implementación de algunas de ellas resulta especialmente compleja, en particular, las referidas a los instrumentos financieros, impuestos sobre beneficios, deterioro y combinación de negocios. También han señalado que añade una complicación adicional el volumen requerido de información segmentada.
Pero hay que ser conscientes de que no es fácil pretender simplificar la contabilidad, sobre todo si tenemos que hacer caso del intento realizado mediante un real decreto de febrero de 2004 que creó el régimen simplificado de la contabilidad, y que tan poco éxito y aceptación ha obtenido que en el proyecto de ley de reforma contable que se encuentra en tramitación parlamentaria y al que hemos hecho repetida referencia en estas líneas incluye una disposición derogatoria única que lo suprime. Parecida sensación de frustración debe acompañar al presidente del IASB, que es el organismo internacional que emite las NIIF, a quien escuché hace un tiempo decir que conseguiría simplificar estas normas de tal forma que, a modo de ilustración, hasta su abuela entendería la normativa de contabilización de las pensiones. Dudo de que lo haya conseguido, pero quizás esta frustración le haya ayudado a reflexionar y decidir tal como ha hecho, que después del esfuerzo realizado para tener unas normas desarrolladas para su utilización el año 2005, no habrá aplicación de nuevas normas hasta 2009.
Sería razonable un retraso en la aplicación del nuevo plan general de contabilidad para hacerlo en condiciones apropiadas
Aunque no es fácil pretender simplificar la contabilidad es preciso eliminar complicaciones no justificadas
Socio director de KPMG
Expansión.com (02.10.2006)